La idea es evitar embargos preventivos contra la libertad de expresión ante denuncias por difamación o calumnias.
El Frente Amplio propone con un proyecto de ley que se haga una reforma al Código Procesal Civil para evitar que eso suceda “contra los defensores del ambiente”. Sin embargo, ante consulta de Culturacr.net, no queda claro si incluye a quienes hacen uso de la libertad de expresión para denunciar abusos sociales. Tampoco se dice si incluye alguna protección contra los comunicadores que realizan denuncias sociales.
La fracción del Frente Amplio presentó el expediente #25.125 “Ley para evitar acciones coercitivas en el ejercicio de la libertad de expresión”.
Según la iniciativa del diputado Ariel Robles se “evitaría acciones coercitivas en el ejercicio de la libertad de expresión”, pero solo refiere al caso de denuncias sobre temas ambientales.
El proyecto surge por la demanda realizada contra el activista ambiental Juan Bautista Alfaro, a quien le embargaron sus cuentas, sin previa notificación, por una denuncia que hizo sobre el proyecto que pretende hacer Enjoy Hotels en Playa Panamá. Ayer se supo que, además, el presidente Rodrigo Chaves firmó un decreto que favorece un truco para evadir la protección ambiental.
Ahora bien, el proyecto plantea la adición de un párrafo final al artículo 86.1 de la Ley N°9342 Código Procesal Civil, “para evitar un embargo preventivo en el proceso civil cuando la demanda responda al ejercicio de la libertad de expresión”, según informó el Frente Amplio.
Ariel Robles, candidato presidencial del Frente Amplio, manifestó que estas demandas judiciales pueden ser utilizadas “como una forma de censura previa sobre el derecho de expresión de los ciudadanos”.
La reforma en cuestión hará que el artículo 86.1 sobre embargo preventivo se lea de la siguiente manera:
“Para impedir que el deudor, mediante el ocultamiento o la distracción de bienes, pueda eludir una eventual responsabilidad patrimonial, el acreedor podrá pedir que se decrete embargo preventivo, salvo que el reclamo provenga de hechos que la parte demandada hubiere realizado en ejercicio de los derechos constitucionales de participación en la toma de decisiones que afecten el ambiente y de la libertad de expresión.”
Según esta reforma, no debería hacerse embargo preventivo por libertad de expresión, pero estaría a juicio del juez respectivo.

