ElPeriodicocr.com* | Marta Eugenia Esquivel Rodríguez, expresidenta ejecutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y actual candidata a diputada por la provincia de Heredia por el Partido Pueblo Soberano (PPSO), presentó una contrademanda contra la CCSS en el marco del proceso judicial que la institución entabló para exigirle la devolución de salarios que, según la Caja, le fueron pagados de más durante su gestión.
La disputa se originó porque Esquivel, mientras estuvo al frente de la CCSS, percibió un salario mensual de aproximadamente ¢7,158,848, muy por encima del tope legal fijado en la Ley de Salarios de la Administración Pública (¢5,565,000), según advirtió la Contraloría General de la República.
Ante esa situación, la Junta Directiva de la CCSS acordó en marzo de 2024 ajustar el salario de Esquivel al tope permitido y recuperar las sumas pagadas en exceso, incluyendo salarios, aguinaldo, salario escolar, cargas sociales y otros rubros relacionados.
La CCSS inició en octubre de 2025 un proceso de lesividad ante el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda para declarar la nulidad del acto administrativo que permitió esos pagos y así recuperar el dinero.
En términos simples, la CCSS pidió que devolviera la plata.
En respuesta, Esquivel presentó una contrademanda en ese mismo proceso, en la que exige al menos ¢119 millones a la CCSS. Su reclamo incluye varios conceptos:
Diferencias salariales por los ajustes que se hicieron cuando su salario fue rebajado al tope legal entre marzo de 2024 y el último día que laboró en la institución.
Además, solicita una indemnización por daño moral objetivo, por presunta afectación a su honor y reputación, estimada en ¢3 millones mensuales desde diciembre de 2023 hasta que exista una resolución firme del proceso.
En su demanda también reclama por daño moral subjetivo por el sufrimiento emocional que alega haber sufrido y además, su contrademanda contempla intereses, indexación de sumas y el reconocimiento de costas procesales.
Esquivel sostiene que el documento impugnado por la CCSS no corresponde al que consta en su expediente personal y que algunos actos administrativos que se buscan anular carecerían de validez por cuestiones formales.

