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TSE detiene intención: directora de noticieros del Sinart pretendía usar informativos para transmitir actos proselitistas del presidente Chaves

La dignidad es más que una pauta publicitaria, ¿o no?
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La directora de los noticieros del Sinart, Hellen Zúñiga Brenes, pretendía transmitir actos proselitistas completos de Rodrigo Chaves mediante las ediciones regulares de los informativos de radio y televisión.

Sin embargo, el Tribunal Supremo de Elecciones -TSE-, en respuesta a una opinion consultiva de Zúñiga, le aclaró que eso sería “desnaturalizar el carácter informativo de sus noticieros”.

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La resolución N.° 6553-E8-2025 del pasado 3 de octubre, plantea que “sería incompatible con el artículo 142 del Código Electoral desnaturalizar el carácter informativo del noticiero Trece Noticias y los noticieros del SINART S.A., dedicándolos a transmitir actos en los que se exaltan logros del Poder Ejecutivo”.

Convertido ya en la emisora oficial del Gobierno, el Sistema Nacional de Radio y Televisión -Sinart- dejó de lados sus preceptos de difusión del conocimiento, la ciencia y la cultura, desde que la actual administración lo convirtió en el medio oficial para las giras y transmisiones televisivas de los actos de Gobierno.

En esta oportunidad, Zúñiga consultó al TSE si podía seguir con la transmisión de las “conferencias de prensa” de Casa Presidencial como parte de sus informativos, pero el TSE le explicó que “es válido que durante fragmentos del noticiero se brinde cobertura directa o en formato pregrabado a temas presentados en las conferencias de prensa oficiales, en la inauguración de obras públicas, en los actos protocolarios con dignatarios extranjeros y, en general, en los eventos en los que el Presidente de la República o sus ministros ejerzan funciones propias de su cargo, pero dicho espacio no podrá dedicarse de manera exclusiva a la comunicación de esos temas”.

El TSE le había dejado claro al Gobierno que no podía seguir usando las plataformas oficiales del Estado para seguir haciendo proselitismo político, so pena de incurrir en una falta al artículo 142 del Código Electoral. En esta oportunidad, Hellen Zúñiga intentó modificar el formato para continuar con los programas de propaganda de Rodrigo Chaves, pero en el fondo es evidente que la dinámica es la misma.

“Bajo la misma lógica, el TSE respondió que los medios del SINART pueden efectuar entrevistas a las autoridades de Gobierno siempre que no transgredan los lineamientos contenidos en el artículo 142 del Código Electoral desarrollados por la resolución n.° 4525-E8-2017, estableciéndolas como un ejercicio permanente y sistemático, no justificado periodísticamente por las circunstancias del contexto”, añade el TSE mediante un comunicado.

También deja claro el TSE que esta disposición aplica a las redes sociales y demás canales con que cuente el Sinart, además de la radio y televisión. El incumplimiento de esta norma hará incurrir a los funcionarios responsable “del ilícito de beligerancia política y en el delito de desobediencia”.

El TSE también ha insistido que el espíritu de la norma constitucional es evitar que una fuerza política en la contienda electoral tenga ventaja injusta al usar los recursos del estado, como pretende hacer el Gobierno Chaves Robles, razón por la que ha acusado al órgano electoral de aplicar una “mordaza”. No obstante, la expresión es difamatoria, dado que no existe mordaza -según ha explicado reiteradamente el TSE-, porque la información se puede seguir transmitiendo de otras formas, pero sin usar los recursos del estado que dan ventaja a la administración de turno.

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