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A falta de 13 días, solo el 17% de funcionarios públicos han presentado declaración jurada de bienes ante la Contraloría

A falta de 13 días, solo el 17% de funcionarios públicos han presentado declaración jurada de bienes ante la Contraloría
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  • De las ~25.000 personas obligadas, solo 3.717 cumplieron al 11 de mayo. El plazo vence el 25 de mayo. El trámite es 100% electrónico y aplica a funcionarios públicos bajo la Ley 8422.

Al 11 de mayo de 2026, solo 3.717 personas han presentado la Declaración Jurada de Bienes (DJB) ante la Contraloría General de la República, lo que representa el 16,9% del total esperado de ~25.000 obligados. El plazo finaliza el 25 de mayo y el incumplimiento puede generar sanciones administrativas y penales según la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito (Ley 8422).

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Existen tres tipos de declaración: Inicial (para quienes inician funciones, plazo de 30 días hábiles), Anual (para declarantes activos, primeros 15 días hábiles de mayo) y Final (para quienes cesan funciones, 30 días hábiles). Por el cambio de gobierno, se espera un aumento en declaraciones iniciales y finales además de las anuales.

¿Quiénes deben declarar? Personas en puestos señalados en el artículo 21 de la Ley 8422 y perfiles del artículo 56 de su reglamento: altos funcionarios, manejadores de fondos estatales, proveedores registrados, entre otros. Las unidades de recursos humanos de cada entidad determinan el perfil aplicable.

📊 Datos clave de la DJB 2026

  • 📅 Plazo final: 25 de mayo de 2026
  • 👥 Total esperado: ~25.000 funcionarios públicos
  • ✅ Presentadas al 11/05: 3.717 (16,9% del total)
  • 📄 Tipos de declaración: Inicial (30 días hábiles tras nombramiento), Anual (primeros 15 días hábiles de mayo), Final (30 días hábiles tras cese)
  • 🔄 Regla de continuidad: Si el cambio de cargo es ≤30 días hábiles, solo se presenta la Anual (Art. 71, Reglamento Ley 8422)
  • 💻 Trámite: 100% electrónico, disponible 24/7 sin cita
  • 📞 Asesoría: declaraciones.juradas@cgrcr.go.cr | 905 DECLARE (905-3325273) / 2501-8150
  • 🔒 Confidencialidad: La normativa prohíbe el acceso público a las declaraciones presentadas

Si un funcionario es reelecto o cambia de cargo público en un plazo no mayor a 30 días hábiles, aplica la regla de continuidad del artículo 71: no debe presentar declaración final ni inicial, solo la anual correspondiente. Esto no sustituye el informe final de gestión que corresponda.

El trámite es 100% electrónico, disponible 24/7 sin cita previa. Para asesoría: correo declaraciones.juradas@cgrcr.go.cr, centro de llamadas 905 DECLARE (905-3325273) / 2501-8150, o videollamadas previa coordinación. Guías y preguntas frecuentes están en el portal institucional de la CGR.

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La normativa vigente prohíbe el acceso público a las declaraciones presentadas. La CGR informará sobre el avance del cumplimiento durante el resto del plazo; el comprobante de presentación es personal e intransferible y debe conservarse como respaldo.

💡 ¿Sabías que…?

La DJB se estableció en Costa Rica con la Ley 8422 en 2004, siguiendo recomendaciones de la OCDE para prevenir el enriquecimiento ilícito. Desde 2020, el proceso es 100% digital y permite a la CGR cruzar automáticamente los datos declarados con registros de Hacienda, CCSS y el Registro Nacional para validar coherencia patrimonial, aunque el acceso público a las declaraciones sigue prohibido por ley.

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