El Tribunal Penal de Heredia rechazó la solicitud de captura internacional y extradición contra Erick de los Ángeles Sojo Marín, de Radio Zurquí, planteada dentro de una causa por difamación.
Como es lógico, por un simple delito de difamación y calumnias es absurda una orden de captura de ese nivel, aunque Boris Marchegiani, el dirigente protegido de Pueblo Soberano, pretendía ejercer un poder que no tiene por Ley.
El expediente 25-000034-0016-PE corresponde a una querella y acción civil por difamación y otros delitos contra el honor, presentada por Boris Marchegiani Carrero, de origen venezolano, en perjuicio del Grupo Mercantil Lapiz-Lazuli S.A. El querellante solicitó al Tribunal aplicar el tratado de extradición entre Costa Rica y México, para traer a Sojo, quien se declaró perseguido político y ha informado por redes sociales que reside actualmente en México.
El Tribunal analizó los requisitos del Tratado de Extradición entre Costa Rica y México, vigente desde el 30 de abril de 2013. La norma exige que el delito tenga una pena privativa de libertad de al menos un año para que proceda una extradición.
Los jueces determinaron que los delitos contra el honor —difamación, calumnias y difamación de persona jurídica— no contemplan pena de cárcel en la legislación costarricense, sino únicamente sanciones de días multa. Por ese motivo, concluyeron que la gestión resultaba improcedente.
Boris Marchegiani es actualmente embajador de Costa Rica en las Naciones Unidas, aunque se critica que no cumple con los requisitos para un puesto así, además de contar con una deuda millonaria con el Banco Nacional (a través del Grupo Mercantil Lapis Lazuli S.A.) por $8,3 millones (unos ₡3.770 millones), y lleva 12 años sin pagos, desde febrero de 2014. Con esa deuda construyó el Hotel Gaia en Quepos.
La sociedad ha usado por 12 años un convenio preventivo de acreedores como escudo judicial ante el Banco Nacional. Hace poco un diputado del PLN pidió investigar el caso, pero diputados oficialistas de la Comisión de Ingreso y Gasto Público bloquearon la propuesta, alegando que ya existe un expediente judicial abierto.
La resolución de Sojo, identificada como voto RV-1472-2026, se dictó ayer 17 de setiembre. La resolución fue firmada por los jueces Pablo Cedeño Selva y Víctor Francisco Cruz López, y la jueza Vanessa Ledezma Solórzano, integrantes del Tribunal Penal de Heredia.
Caso Erick Sojo Marín
Línea de tiempo del proceso judicial
Expediente 25-000034-0016-PE · Tribunal Penal de Heredia



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