La Sala Constitucional informó esta tarde que es una afrenta a la libertad de expresión que los técnicos del fútbol sean multados por declarar expresiones en contra del arbitraje.
Según informó la Sala, los recurrentes de dos recursos de amparo, alegaron que la medida sancionatoria, impuesta con base en el artículo 44 BIS del Reglamento Disciplinario de la Fedefútbol, vulnera el derecho fundamental a la libertad de expresión al penalizar opiniones sobre un tema de interés público. Sostuvo que este tipo de sanciones genera un efecto inhibitorio en el ámbito deportivo, restringe el debate abierto sobre el desempeño arbitral y afecta el derecho de la ciudadanía -incluidos ellos como espectadores y aficionados a ese deporte- a acceder a información y opiniones relevantes.
El caso en particular es por una multa de un millón de colones que se impuso al técnico José Giacone ante declaraciones que dio después de un partido, cuando dirigía al Deportivo Saprissa.
En la sentencia 2025-24742, por mayoría, el Tribunal Constitucional señaló que, “si bien en principio no interviene en decisiones disciplinarias de entes deportivos privados, el caso requería valoración por la alegada afectación de un derecho fundamental de especial preponderancia y significado en el entramado democrático, como la libertad de expresión”.
Plantea la Sala que tras examinar las expresiones vertidas por el sancionado, los magistrados concluyeron que, aunque las expresiones del director técnico contenían una crítica severa y sugería irregularidades, “estas no alcanzan el umbral de insultos, expresiones ultrajantes ni incitación a la violencia, por lo que sí están protegidas por el derecho a la libertad de expresión, según los estándares nacionales e internacionales”.
Asimismo, se reconoció que la sanción afectó indirectamente el derecho de las personas a recibir información y opiniones sobre la actuación de los árbitros.
Así las cosas, la Sala anuló la sanción contenida en el acuerdo del numeral 1.4.5.4 de la sesión ordinaria TDPD-TC-008-2025 del 10 de febrero de 2025 del Tribunal Disciplinario de Fútbol de la Primera División de la Federación Costarricense de Fútbol.
La decisión se dio con una votación de 5 a 2, con el voto en contra de la magistrada Anamarie Garro y el magistrado Salazar Alvarado.
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