Una parte del Partido Unidad Social Cristiana, todo Nueva República y el oficialismo votaron hoy apelación para impedir proceso que permita proceder con levantamiento de inmunidad al presidente Rodrigo Chaves por el caso de beligerancia política que maneja el Tribunal Supremo de Elecciones.
Con ligeras variaciones los mismos diputados aliados al chavismo en el PUSC, el fabricismo y, claramente, los oficialistas votaron en contra de la resolución que firmó la diputada Vanessa Castro del PUSC, quien preside la Asamblea Legislativa ante ausencia de Rodrigo Arias.
Concretamente fueron Carlos Andrés Robles, Melina Ajoy, Leslye Bojorges, del PUSC, así como toda la fracción de Fabricio Alvarado y los votos del oficialismo votaron a favor de la apelación, para evitar que se siga el proceso por el levantamiento de la inmunidad. En total 16 votos a favor y el resto en contra, de manera que fue rechaza la apelación.
Si por la víspera se saca el día, todo indica que esos grupos aliados al chavismo de nuevo evitarán el desafuero al presidente Chaves, en este caso para que el TSE pueda elevar el caso por evidente y reiterada beligerancia política de parte del presidente Rodrigo Chaves.
Resolución de Vanessa Castro
La resolución se basó en criterios del departamento de Servicios Técnicos del Congreso, así como las leyes respectivas, para establecer básicamente un procedimiento similar al que se ejecutó en el anterior caso para el desafuero al mandatario Chaves por un presunto delito de concusión.
De nuevo se formará una comisión de 3 miembros, según establece la ley, que serán electos por mayoría simple de los presentes y tendrán 20 días naturales para resolver. La comisión será formada mañana miércoles mediante elección en el plenario.
“Este plazo podrá ser prorrogado por una sola vez por un plazo igual a la solicitud de la Comisión”, establece la resolución.
El expediente de la denuncia remitido por la Tribunal Supremo de Elecciones no es de libre acceso al público.
“Las actas de las sesiones de la Comisión Especial son públicas, no obstante, debe resguardarse aquella información que se considere sensible y que por su naturaleza no debe ser divulgada en atención a la Ley de Protección de la Persona frente al tratamiento de sus datos personales, Ley No. 8968”, resolvió el Directorio Legislativo.
Descargue aquí la resolución completa del Directorio.

