Al menos 30 diputados acuerpan en Sala Constitucional el proyecto para bajar precios de los medicamentos que se venden en Costa Rica, mediante una ampliación de criterios y razonamientos enviada esta tarde a la Sala, para más ahondar en la defensa de la constitucionalidad del proyecto que ya fue aprobado en primer debate.
El escrito impulsado por la diputada María Marta Carballo y firmado por 30 diputados se da en el marco de la consulta facultativa planteada previamente por 10 diputados al proyecto de ley N.° 23.234, cuyo objetivo es reducir el precio de los medicamentos en Costa Rica.

“El documento desarrolla argumentos técnicos que aclaran las dudas expuestas en la consulta impulsada por el diputado Eli Feinzaig, respaldada por su compañero de bancada Gilberto Campos, seis diputados del Partido Liberación Nacional y dos legisladoras independientes”, plantea un comunicado enviado por el PUSC esta tarde.
El proyecto fue aprobado en primer debate el pasado 3 de setiembre, sin embargo, debido a la consulta de constitucionalidad, el trámite del segundo debate se encuentra en pausa, lo que retrasa su eventual entrada en vigencia como ley de la República.
El Gobierno no apoya esta iniciativa, aunque en campaña propuso bajar los precios de los medicamentos, asunto que no logró en 3 años y medio.

El proyecto 23.234
Según los legisladores, el texto “incorpora varias herramientas concretas para lograr una rebaja significativa en los precios de las medicinas”. Según el comunicado son las siguientes reformas:
• Precio de entrada regulado (Art. 16): Define un precio de ingreso con base en criterios de valor terapéutico, frecuencia de uso, innovación y precios internacionales. La propuesta parte del oferente, pero debe ser evaluada por una autoridad técnica.
• Observatorio Nacional de Precios (Art. 11): Herramienta pública y técnica que permitirá a los consumidores comparar precios entre farmacias y detectar abusos en el mercado.
• Importación paralela (Art. 4): Facilita la ruptura de monopolios y garantiza más opciones accesibles para la población.
• Reconocimiento de registros sanitarios (Art. 3) : Agiliza el ingreso al país de medicamentos ya aprobados por agencias internacionales de alta calidad.
• Prohibición de contratos de exclusividad (Art. 10) : Impide que droguerías o importadoras condicionen a las farmacias con prácticas monopólicas.
“En países como Alemania, Colombia, Brasil y El Salvador, mecanismos similares lograron reducir los precios de los medicamentos hasta en un 80%, sin afectar la operación de la industria farmacéutica ni el acceso de la ciudadanía a tratamientos de calidad”, concluye el comunicado.




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