“El poder no se prueba con actos de fuerza, sino con respeto al orden jurídico”.
Por: Joseph Alfonso Rivera Cheves* | La reciente destitución masiva de la Junta Directiva del Banco Nacional de Costa Rica (BNCR) por parte del Consejo de Gobierno presidido por Rodrigo Chaves representa, sin exagerar, una de las decisiones más polémicas en la historia contemporánea de nuestro sistema bancario público. Y no por falta de competencias formales, sino por la manera en que se ejecutó esta remoción: sin pruebas claras, sin procedimiento formal y sin respeto al debido proceso administrativo.
¿Legal? Tal vez. ¿Legítimo y constitucional? Difícilmente.
Sí, el artículo 24 de la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional (Ley N.° 1644) faculta al Consejo de Gobierno a nombrar y remover a los directivos del Banco Nacional. Pero lo que está en juego aquí no es solo un acto administrativo, sino el corazón mismo del Estado de Derecho: el principio de legalidad, la transparencia de la función pública y la garantía del debido proceso para los funcionarios públicos.
La Constitución Política, en su artículo 11, establece que todo funcionario público está sometido al control y rendición de cuentas, pero también está amparado por la legalidad y el respeto a sus garantías fundamentales. La actuación del Ejecutivo parece haber ignorado ese equilibrio.
Un precedente riesgoso y políticamente tóxico
La destitución, ejecutada tras una investigación impulsada por el vicepresidente Stephan Brunner, no encontró evidencias concretas de mala praxis en el nombramiento de la gerente general Rosaysella Ulloa Villalobos. Ni siquiera el informe final del proceso administrativo logró justificar una remoción tan radical.
La Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF) tampoco emitió una señal de alerta que justificara una acción inmediata. No obstante, el Consejo de Gobierno procedió, dejando en evidencia que se ejerció el poder sin pruebas suficientes, lo que configura un acto posiblemente arbitrario y carente de fundamentación técnica.
Violación al debido proceso y vías para impugnar la medida
Este acto, que ha sido calificado por expertos y por el propio expresidente del BNCR Marvin Arias como “abiertamente ilegal”, es susceptible de ser conocido tanto por la Sala Constitucional como por el Tribunal Contencioso Administrativo.
Sala Constitucional:
Una acción de inconstitucionalidad o un recurso de amparo podría interponerse si se demuestra que la decisión violentó derechos fundamentales, como el debido proceso o la seguridad jurídica de los directivos. En casos similares, la Sala ha emitido votos contundentes.
Voto relevante: N.º 2010-001405, Sentencia nº 01739 de Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, de 1 de Julio de 1992, en el que se establece que “la remoción de funcionarios públicos debe estar sustentada en una causa legal y debidamente probada, no bastando la discrecionalidad política”.
Tribunal Contencioso Administrativo:
También es procedente plantear una demanda de lesividad o nulidad del acto administrativo, argumentando que la destitución carece de motivación suficiente, vulnera principios de buena administración y representa un uso desviado del poder público.
¿Qué está en juego?
Este no es un simple “relevo gerencial”. Es la evidencia de que la independencia técnica de una institución bancaria pública está siendo colonizada por la voluntad política de turno, con el agravante de que se está sentando un precedente peligrosamente arbitrario.
Costa Rica no puede tolerar un modelo de gobernanza donde las decisiones se tomen por afinidad o cálculo político, sin pruebas, sin trámites, sin respeto. Si este acto queda impune y se legitima sin control jurisdiccional, mañana puede ocurrir lo mismo en cualquier otro órgano autónomo, empresa estatal o dirección técnica de interés público.
En defensa de la institucionalidad
Este no es solo un problema del BNCR. Es un problema de todos los costarricenses que aún creemos en un Estado de Derecho funcional, previsible y respetuoso del marco legal. Porque cuando la legalidad es sacrificada en el altar del capricho político, lo que muere no es solo una norma: muere la confianza del ciudadano en su democracia.
Es momento de alzar la voz, de exigir explicaciones y de defender, con firmeza y valentía, los principios que han sostenido nuestra república durante más de un siglo.
*Abogado, Especialista en Derecho Penal, Contratación Pública y Compliance.







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