Archivan proyecto tributario del Gobierno que pasaba por encima de los derechos de las personas y empresas sin la necesidad de la orden de un juez, según elementos probatorios que fueran aportados por Hacienda. Es decir, convertía al Ministerio de Hacienda en una dictadura que podría actuar sin el respeto de derechos fundamentales.
Según adujo la fracción de Liberación Nacional, el Gobierno pretendía excluir a jueces en procesos de cobro, embargo, medidas cautelares y secuestro de documentos en materia tributaria.
Por esa razón, la Comisión de Asuntos Hacendarios dictaminó negativamente “el mal llamado” proyecto de Ley de Fortalecimiento del Control Tributario” (expediente 23.759), incluido en la agenda fiscal del Gobierno.
La diputada Paulina Ramírez aseveró que el proyecto creaba “súper poderes para la Administración Tributaria, con enormes atribuciones de gestión, control, supervisión, sanción y cobro, lo que se podría prestar para abusos y arbitrariedades”, pero ella considera que “la actuación de la Administración Tributaria debe estar sujeta a límites para no violentar el debido proceso, las garantías procesales y los derechos fundamentales de las personas administradas”.
Según las diputadas y diputados las últimas dos reformas aprobadas en el gobierno anterior contra la evasión fiscal (Lucha contra el Fraude Fiscal y Fortalecimiento de las Finanzas Públicas) “le han dado ya amplios poderes a la Administración Tributaria”.
Pero eso no es todo: en el caso de los socios, el Gobierno proponía que estos sean responsables por las deudas de las sociedades, lo cual “puede generar un alto riesgo para los socios, muchos de ellos pasivos, que no tienen forma de controlar las actuaciones de los administradores que puedan tener consecuencias ante el fisco”, detalló Ramírez.
Explica Ramírez que actualmente solo un Juzgado Penal puede calificar una declaración fraudulenta, en dicho caso, la prescripción podría extenderse a 10 años. “Pero el proyecto dictaminado negativamente pretendía que la Administración Tributaria, a partir de indicios, pudiera calificar una declaración fraudulenta y con ello extender la prescripción a 10 años”.
“No puede obviarse la presencia y participación de un juez, en los procedimientos tributarios, para garantizar la imparcialidad y el respeto de los derechos de los contribuyentes”, agregó Paulina Ramírez.
“También permitirle a la Administración Tributaria gestionar el cobro directamente en sede administrativa, sin necesidad de recurrir al actual proceso de cobro judicial. “Un cambio de esta magnitud debe ser acorde con el equilibrio que debe existir entre la eficiencia administrativa y la protección de los derechos de los contribuyentes”, manifestó la diputada liberacionista.






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