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Sala declara inconstitucional el presupuesto del año 2025 por incumplir con el 8% para la educación

Sala declara inconstitucional el presupuesto del año 2025 por incumplir con el 8% para la educación
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La Sala IV declaró inconstitucional el presupuesto del año 2025 porque no cumple con el 8% para la educación, según lo establece con toda claridad el artículo 78 de la Constitución Política de Costa Rica.

“El Tribunal Constitucional determinó que la omisión de incluir en el presupuesto del Ministerio de Educación Pública (MEP) el porcentaje correspondiente al 8% del Producto Interno Bruto (PIB) destinado a financiar la educación pública constituye una violación al mandato establecido en el artículo 78 de la Constitución Política”, informó recientemente la Sala Constitucional.

Crucigrama de Culturacr.net

La declaratoria se dio ante un recurso interpuesto por la Defensoría de los Habitantes, donde se establece que “esta infracción tiene repercusiones directas sobre el goce y ejercicio del derecho constitucional a la educación, afectando a la niñez, a la adolescencia y a la juventud del país y añade que la reducción o insuficiencia en la asignación de
recursos para la educación pone en riesgo la calidad y accesibilidad del sistema educativo, así como las oportunidades de desarrollo integral de las generaciones presentes y futuras”.

En efecto, así lo determinó la Sala, al afirmar que “esta omisión, según la resolución, afecta directamente el derecho constitucional a la educación gratuita y costeada por la Nación y pone en riesgo el cumplimiento de las garantías fundamentales que el Estado debe proporcionar a la niñez, adolescencia y juventud”.

El Gobierno Chaves Robles ha venido reduciendo el presupuesto para educación en grandes cantidades y aunque nunca se ha logrado el umbral del 8% del PIB, en gobiernos anteriores se han realizado esfuerzos para acercarse.

La sentencia se dio por unanimidad en este aspecto, pero declaró sin lugar otras consultas que hizo la Defensoría de los Habitantes. El magistrado Cruz Castro
consigna razones adicionales. La magistrada Garro Vargas consigna
razones propias.

La sentencia está en redacción. Una vez que dicho proceso concluya y se notifique se procederá a publicarla en el sitio electrónico del Poder Judicial, Nexus, para que cualquier persona interesada puede acceder a ella, informa la Sala.

El magistrado Luis Fernando Salazar explicó la resolución de la siguiente forma:

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