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Sala Constitucional confirma que Gobierno violentó autonomía de la CCSS

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Mediante una resolución emitida ayer viernes, la Sala Constitucional confirma que el Consejo de Gobierno violentó autonomía de la CCSS al destituir la Junta Directiva que estaba nombrada previamente.

La resolución N° 2023-18697 del órgano constitucional anuló la sustitución de Maritza de los Ángeles Jiménez Aguilar por Jorge Porras López que decidió arbitrariamente el Consejo de Gobierno, de manera que las autoridades de la CCSS deberán restituir a Jiménez Aguilar como representante del sector solidarista, según había sido designada con anterioridad.

El recurso de amparo fue resuelto parcialmente con lugar en la parte que considera inconstitucional la decisión del Consejo Gobierno de separar cautelarmente a la recurrente, “lo que no excluye una eventual separación cuando se declare alguna responsabilidad legal previo debido proceso”, informó la Sala.

“Los magistrados reiteraron que la ley constitutiva de la entidad expresamente otorga a los directivos absoluta independencia y garantía indefectible de inamovilidad en el ejercicio de sus cargos, de tal forma que puedan ejercer sus funciones sin presiones externas”.

Así las cosas, la Sala deja claro -por mayoría- que se violó la autonomía de la CCSS, así como los derechos de la tutelada. Se oponen a esta resolución -como es común en la mayoría de resoluciones del órgano constitucional- la magistrada Anamari Garro Vargas. En este caso en particular se le une el magistrado Castillo Víquez, como sucedió en la anterior resolución que amparó a otros dos directivos que habían sido también destituidos de manera ilegal por el Gobierno.

Según Garro Vargas la autonomía de la CCSS no es “materia de amparo” y por eso los recurrentes no tienen legitimación para demandar el principio de autonomía. Además, el Gobierno es “autoridad competente” para resolver esa destitución y pudo ser conocido en la vía ordinaria mediante otro tribunal.

Aún la sentencia completa está en redacción, pero pronto será publicada y notificada a las partes.

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