Una persona rechazada de club nocturno por su orientación sexual ganó un recurso de amparo con decisión unánime que cuestiona el famoso cartel de “nos reservamos el derecho de admisión”.
El joven, vestido como mujer, fue rechazado en la puerta de la discoteca por indicación del monitoreo de seguridad por causa de un bolso que portaba, supuestamente. Pero cuando el joven se desprendió del bolso con unas amistades, de igual manera no le permitieron ingresar.
El suceso se dio, según informa el tribunal constitucional, el pasado 23 de junio de 2023 acudió al club social “La Fira”, ubicado en el Centro Vía Lindora.
La Sala resolvió que se violó el derecho constitucional de igualdad y no discriminación por orientación sexual, en este caso en concreto, “toda vez que por su apariencia y forma de vestir se le impidió el ingreso, sin que se le diera una justificación objetiva o razonable”, según informó la Sala.
Sin embargo, los magistrados Cruz Castro, Hess Herrera y Delgado Faith dieron razones adicionales, “en las cuales se explica las implicaciones y tratamiento probatorio que debe darse a la discriminación por orientación sexual y expresión de género, en casos como este, donde tal trato discriminatorio proviene de un sujeto de derecho privado”, comunicó el órgano constitucional.
Según la Sala, el recurrente “detalla que, debido a que no tenía reservación, optó por unirse a la fila y esperar para poder ingresar al lugar. Sostiene que al llegar su turno para ser atendido se le informó que no podía ingresar porque llevaba un bolso, consultó si podían ingresar si él le entregaba el bolso a la amiga que le acompañaba, a lo cual el personal del establecimiento accedió. Afirma que cumplió la condición, sin embargo, al revisar sus cédulas de identidad, les informaron que desde “monitoreo de seguridad” no le permitía el ingreso al lugar porque se reservaban el derecho de admisión”.
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